El Portal de MValdivieso

miércoles, septiembre 28, 2005

Certamen de Digital

Publicidad en las carreteras:
¿Qué tan legales son las licitaciones en Chile?

· Las gigantografías que se han instalado en las distintas autopistas de nuestro país, específicamente en el tramo El Salto- La Pirámide, estarían violando los decretos supremos del Ministerio de Obras Públicas(MOP) que apuntan a la prohibición de ubicar propagandas en caminos públicos, además de perturbar la visibilidad de los automovilistas.

En octubre de 1977, fue publicado en el Diario Oficial una normativa destinada a regular la publicidad caminera en las fajas adyacentes de la carreteras de nuestro país.

El Decreto Supremo MOP N º 1.319 establece “la prohibición de situar carteles, avisadores, propagandas o cualquier otro tipo de anuncio en la vía pública”.

De acuerdo con la disposición, la colocación de avisos en las fajas adyacentes a los caminos y zonas colindantes de ambos lados, considerando un ancho de 300 metros, deberá ser autorizado por el director de vialidad

De no cumplir con la normativa, se aplicará una infracción a las infracciones del inciso precedente de las obras sancionadas por esta misma repartición del MOP, la que está facultada también para retirar letreros no autorizados y multar a aquellos que no cumplan con la regulación.

Por otro lado, el artículo 105 de la Ley de Tránsito 18.290 establece que “la autoridad competente deberá retirar toda señal no oficial y cualquier otro letrero, de marcación o elemento que altere la señalización o que dificulte la percepción de automovilista”.

Según los antecedentes, en lo concerniente al caso de la obra concesionada “Vespucio Express”, entre los tramos de El Salto-La Pirámide, la empresa “Power Graphics” viola estas normativas, al adjudicarse la “licitación” del sector mencionado.

En la práctica, “Power Graphics” tiene carteles que se encuentran a 300 metros de la faja adyacente a la carretera, además de haber instalado avisajes que sobrepasan las medidas apropiadas para no dificultar la visibilidad de los automovilistas.

Por si esto fuera poco la empresa antes citada habría “comprado legalmente” parte de la ladera del Cerro San Cristóbal del señalado tramo, infringiendo la ley de compra y venta de espacios públicos.